este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos: SOLFA MARÍA BRACHO DE BRACHO, ASNALDO JOSE BRACHO BRACHO, JOYS CHIQUINQUIRÁ BRACHO BRACHO, RICARDO ENRIQUE BRACHO BRACHO, JIGIOLA GREGORIA BRACHO BRACHO, FRANKLIN GERARDO BRACHO BRACHO y ANYELO JOSÉ BRACHO BRACHO, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JUAN VICENTE BRACHO GONZÁLEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 1.040.565, fallecido en la Clínica Amado de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el día Quince (15) de Marzo de 2.006, según se evidencia de la Copia Certificada del Acta de.....