Jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fue adquirido por la ciudadana XIOMARA DELCARMEN MONTILLA SEGOVIA, según consta de documento autenticado ante la Notaría Pública Tercera de Maracaibo, en fecha dieciocho (18) de marzo de 1999, bajo el Nº 38, Tomo 47; y que éste permanecerá bajo su propiedad. Este Tribunal advierte a las partes que el derecho de propiedad sólo recae sobre las mejoras construidas en el terreno que se dice ser ejido. Ambas partes, aceptaron y recibieron en este acto, libre de toda coacción o apremio, a su entera y total satisfacción los bienes adjudicados. En consecuencia, este Tribunal le IMPARTE SU APROBACIÓN A LA REFERIDA TRANSACCIÓN, en los términos y condiciones expuestos y le da el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
El mismo día, la apoderada demandada suscribió diligencia mediante la cual consignó .....