Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
1.- Consumado el acto procesal de convenimiento, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR CUOTAS DE CONDOMINIO (VIA EJECUTIVA), seguido por JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL ¿LOS CHAGUARAMOS¿, en contra de los ciudadanos EDDY PACHECO LUGO y JAZMIN TRAVIESO DE PACHECO, antes identificados, homologándolo, impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.
2.- Se mantiene la Medida de embargo decretada en este proceso y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
3.- Se designa depositaria del bien a la ciudadana JAZMIN TR.....