En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICO UNIVERSAL HEREDERO de la de-cujus, WENDY JACKELINE ECHEVERRIA FERNANDEZ, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.494.423, y de este mismo domicilio, fallecida ab-intestato el día catorce (14) de Mayo de 2011, en la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a su padre GERMAN GUILLERMO ECHEVERRIA CHAVEZ, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.