Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentaron los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN DIEZ, FRANCISCA DIEZ, MARÍA DE LA PURIFICACIÓN DIEZ, FRANCISCO DIEZ, REGINA DIEZ, CARLOS DIEZ, MARÍA DE LAS MERCEDES DIEZ y ANTONIO DIEZ, contra los ciudadanos ISAAC FERNÁNDEZ y ANTONIO FERREIRA, previamente identificados en la parte narrativa de este fallo.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada, la entrega inmediata del inmueble objeto del litigio, constituido por un (01) local comercial signado con el No. 1, ubicado en la planta baja del edificio Caura, situado en la calle 67 (Cecilio Acosta), con esquina de la avenida 10 de la ciudad de Maracaibo, estado Zulia, alinderado de la siguiente forma: NORTE: fachada .....