Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó la Sociedad Mercantil RIVER TAJO INC., contra la Compañía SOCIEDAD DE FLETAMENTOS MARÍTIMOS INTERNACIONALES C.A., previamente identificados en la parte narrativa de este fallo.
2) SE ORDENA a la parte demandada la entrega inmediata del inmueble objeto del litigio, constituido por un (01) local para oficina, signado con el No. 7-7, con sus respectivos dos (02) puestos de estacionamiento en el sótano, ubicado en la planta No. 7 del Edificio TORRE EMPRESARIAL CLARET, situado en la Avenida 3E, entre Calles 78 y 79, en jurisdicción de la Parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según consta de documento de contentivo de Contrato de Arrendamiento,.....