Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JOSE LUIS MORENO GONZALEZ y MARIA CHINQUINQUIRA GOMEZ, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 12 de Septiembre de 1964, por ante el Prefecto y Secretario respectivamente del Municipio Santa Lucia del Distrito Maracaibo, del Estado Zulia, Acta Nro. 188.
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que durante su union matrimonial procrearon 4 hijos de nombre: JOSE GREGORIO, LUIS MANUEL, SANDRA GUADALUPE y JOHANNA MORELA MORENO GOMEZ, todos venezolanos y mayores de edad, al mismo tiempo manifestaron que no obtuvieron bienes que pertenezcan a la comunidad conyugal.