Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de ley, declara:
A.) Perimida la Instancia en el presente Juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, seguido por la Empresa Mercantil GEDISA OCCIDENTE, S.A., (GEDISA), contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS MARÍTIMOS ZULIA, C.A., (SERMAZUCA); todos identificados en la parte narrativa de este fallo.
B.)No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines del artículo 72, ordinales 3ro y 9no de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala del .....