Este Juzgado Nacional de lo Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETECIA para conocer el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Raffaele Savino Giancola, titular de la cédula de identidad Nº 12.183.633, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana FONTE SAVINO GIANCOLA, titular de la cédula de identidad Nº 10.475.423 asistidos en este acto por la Abogada Adriana A. Blanco Ventura, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 115.109, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de fecha 20 de enero de 2015, mediante el cual declaro inadmisible el recurso interpuesto.
2.- CON LUGAR, la apelación interpuesta.
3.- SE REVOCA, el fallo emanado por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Ci.....