Declara:
1. SIN LUGAR la demanda de Autorización judicial para cambio de lugar de residencia temporal, incoada por la ciudadana Maxula Stella Soto Sánchez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 13.574.554, en contra del ciudadano Yovanny Segundo Valbuena Martínez, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 10.682.002, en relación con la niña (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), de once (11) años de edad. En consecuencia, NIEGA la autorización para viajar y para cambio de lugar de residencia temporal solicitadas. Así se decide.
2. ORDENA la inclusión de ambos progenitores en psicoterapia individual, con la finalidad de propiciar relaciones familiares basadas en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes.
3. NO HAY condenatoria en costas por la naturaleza de la materia sometida a consideración.