El solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Acta de defunción; 2) Copias de cedulas de identidad 3) Actas de Nacimiento 4) declaración de testigos evacuados por ante Notaria Publica Cuarta del Municipio Maracaibo Del Estado Zulia, en fecha treinta (30) de Junio de 2015 por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el articulo 937 del código de Procedimiento Civil, este tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos DIGNA ROSA GRATEROL DE PADRON, EDDY DE JESUS PADRON DE VILLARROEL, ENLLY JOSEFINA PADRON DE PARRA, ENDER HERMESINDO PADRON CARRUYO, EGLET LUCRECIA PADRON CARRUYO, ENIX RAMONA PADRON CARRUYO, JOSE GREGORIO PADRON CARRUYO, DIGNELY ALEJANDRA PADRON GRATEROL y DESIREE DEL VALLE PADRON GRATEROL, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-9.173.583, V-5.853.012, V-5.853.013, V-5.853.014, V-7.759.725, V-7.875.383, V-7.979.388, V-18.428.095 y V-18.428.094, como UNICOS Y UNIVERSALES H.....