PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos FRANCISCO SEGUNDO PACHECO PEREZ y KERRY DANAE PIRELA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-11.285.071 y V-10.406.780, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron ante el Registrador Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 14 de junio de 1.993, como se evidencia de Acta de Matrimonio No. 325, expedida por la mencionada autoridad civil.
Se deja constancia que de la unión matrimonial procrearon dos (02) hijas, GENESIS DANAE PACHECO PIRELA Y NEMESSIS DANAE PACHECO PIRELA, mayores de edad y del mismo domicilio.
SEGUNDO: Se Acuerda oficiar al Registrador Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y al Registrador Principal del Estado Zulia, para que estampen la respecti.....