En consecuencia, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, CONSIDERA SUFICIENTES LOS RECAUDOS PRESENTADOS PARA DECLARAR a los ciudadanos NEXSY MERCEDES DIAZ DE RODRIGUEZ, NEYMAR ANGELICA, ELVIA LUCIA, VALMORE ERNESTO y MIRELVY MERCEDES RODRIGUEZ DIAZ, mayores de edad, titulares de Cédulas de Identidad V-4.013.660, V-17.332.815, V-17.332.836, 15.159.045 y V-13.025.869, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE VALMORE ANTONIO RAMON RODRIGUEZ RODRIGUEZ, quedando a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con el artículo ut supra transcrito; y así se decide.
Devuélvanse estas actuaciones en original y déjese copias certificadas de las mismas para su debido archivo.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y regístrese la presente resolución.