Por los fundamentos antes expuestos esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
• CONCEDER AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana DULCE MARIA PEROZO PEROZO, titular de la cedula de identidad No. V-24.893.504, para que reciba las cantidades ut supra descritas, en la forma que establezca este Tribunal, una vez que la referida ciudadana comparezca por ante este Tribunal y consigne copia certificada de las actas de nacimiento de los niños y/o adolescentes beneficiarios.
• APERTURAR una cuenta de ahorros en la entidad bancaria BICENTENARIO, a nombre de los adolescentes de autos, siendo autorizada la ciudadana DULCE MARIA PEROZO PEROZO, titular de la cedula de identidad No. V-24.893.504, en su carácter de progenitora a quien de conf.....