Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, resuelve:
- CONCEDE AUTORIZACIÓN SUFICIENTE PARA RETIRAR DINERO, al ciudadano ANGEL NEVARDO RODRIGUEZ PEDROZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.356.735, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, actuando en representación legal y en beneficio de los niños y/o adolescentes Artículo 65 de la LOPNNA., de trece (13), diez (10), ocho (08) y dos (02) años de edad, para que reciba en Cheque de Gerencia a nombre de los mencionados niños y/o adolescentes, la cuota parte que le corresponde a éstos como beneficiarios de la causante YSABEL GERONIMA YSTURIZ DE RODR.....