Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por el ciudadano MARCOS ANTONIO CARDENAS BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.049.377, en acatamiento a los criterios jurisprudenciales emanados de las sentencias 693/2015 y 1070/2016, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha diecinueve
(19) de Mayo de 1999, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Libertad, Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, contrajeran los ciudadanos MARCOS ANTONIO CARDENAS BRUZUAL y YECENIA MARIA GRANADILLO GUTIERREZ.
• Se homologa lo re.....