Por los fundamentos arriba establecidos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: NIEGA la petición realizada por la Abogada: MARIEL ARRIETA Defensora Pública Segunda (E) Especializada en Materia del Derecho de la Mujer a Vivir Una Vida Libre de Violencia, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, su condición de Defensora del ciudadano: CARLOS ALBERTO HURTADO RAMOS de nacionalidad Venezolano, fecha de nacimiento 11/01/1992, de estado civil concubino, de profesión u oficio chofer, titular de le cédula de identidad Nº V.- 7.724.399, hijo de ANA RAMOS Y LORENZO HURTADO con residencia SANTA ROSA DE AGUA, LOS PALAFITOS DIAGONAL AL RESTAURANTE ROMAN, a quien se le sigue causa por la presunta.....