DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en Flagrancia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD al ciudadano JOSE ALEXANDER CABRALES NIETO, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 23/10/1983, de estado civil concubino, de profesión u oficio carpintero, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.293.527, hijo de los ciudadanos MARTINA CADENAS Y ADALBERTO CABRALES, residenciado en el Barrio Casiano Lozada dos (2) calle 84 Casa # 84-37, por la presunta comisión de los delitos VIOLENCIA FÍSICA CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el Artículo 42, en concordancia con el 65 numer.....