...... este Juzgado DÚcimo Cuarto de Sustanciaci¾n, Mediaci¾n y Ejecuci¾n del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripci¾n Judicial del Estado Zulia, conforme a lo dispuesto en los art?culos 180 y 181 de la Ley Orgßnica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIËN FORZOSA. En consecuencia, decreta medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO SIN C?NTIMOS ( Bs. 35.869.688,00 ) que comprende el doble de la suma condenada de DIECISISETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOL?VARES SIN CENTIMOS ( Bs. 17.934.844,00 ); mßs UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOL?VARES CON CUARENTA C?NTIMOS (Bs. 1.793.484,40)