Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ARVELIS EXAIDA OCANDO y NERIO ENRIQUE ORDOÑEZ FINOL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.563.064 y 5.062.117, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 28 de Marzo de 1987, por ante el Prefecto y Secretario del Municipio Colón del Estado Zulia; según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.24.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon cuatro (4) hijos de nombres: CAROL BRIGITH, NERIO ENRIQUE, RONNY DANIEL y RONALD DAVID ORDOÑEZ OCANDO, actualmente mayor de edad, según se .....