Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA ENTRE LAS PARTES, SE LE IMPARTE LA APROBACIÓN Y JUDICIAL DECRETO, PASÁNDOLA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, en el juicio que por DESALOJO, intentare por el ciudadano JESÚS MANUEL CARRASCO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 4.016.358, número telefónico 0414-1677007, correo electrónico ingjesucarrasco@hotmail.com, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, contra la sociedad mercantil "PIZZERÍA, RESTAURANT Y HELADERÍA LA NONA C.A.", en la persona de la ciudadana ANAÍS DEL VALLE CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.865.091, y de igual domicilio, en su.....