Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA EXTINCIÓN JUDICIAL DE LA ACCIÓN PENAL, en la causa seguida en contra de los acusados NEUDO RAMON FERRER PACHANO, de 45 año de edad, nacido 24/07/1964, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.707.260, hijo de Nelio Ferrer y María Dolores Pachano, de profesión u oficio Constructor, residenciado Barrio Cuatricentenario Avenida 66ª, casa 66ª-41, diagonal al Centro de Diagnostico Integral, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Y ANA MARIA MORALES, de 45 años de edad, nacida 03/08/1964, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 7.818.541, venezolana, de profesión u oficio Educadora, hija de Dámaso Antonio Rodríguez (Difunto) y María Auxiliadora Morales (Difunta), residenciada, en la avenida 66C, casa N° 95C-1-17, diagonal a la Unida.....