PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la ciudadana Abogada ALEJANDRA VAZQUEZ MENDOZA, inscrita en el instituto de previsión social bajo el Nro 80448, con el carácter de Defensa Privada del imputado JUAN CARLOS GARCIA ALVAREZ, en contra de la decisión de fecha 09/07/2018, publicado el texto in extenso en la misma fecha bajo Resolución Nro. 380-2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; con ocasión al acto de la audiencia oral preliminar. En atención al artículo 439 numerales 5º y 7° de la Ley Procesal Penal, en concordancia con la parte in fine del artículo 314 ejusdem, por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Especial de Género.
SEGUNDO: SE ADMITEN las pruebas documentales promovidas por la Defensa Privada, en el Recurso de apelación, por considerarlas útiles, necesarias .....