Por los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano EVELIO ENRIQUE RINCON MONTIEL, titular de cedula de identidad: No V.-22.158.452, Venezolano, mayor de edad, estado civil concubino, fecha de nacimiento 21/08/1985, de profesión obrero, hijo de ANDRES RINCON Y ANA MONTIEL, residenciado vía Carrasquero Sector Curva Ébano, Parroquia La Sierrita Casa S/N el Mojan, Estado Zulia, 0426-767-3762, de conformidad co.....