DISPOSITIVA: Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a VILLEZ FRANYER CACHEIRO PIÑA, De Nacionalidad, Venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 19 años de edad, De Estado Civil, Soltero, Oficio, comerciante, Titular de la cedula de identidad Nº V- 20.692087, residenciado en barrio sur América casa sin numero Municipio San francisco, diagonal a la licorería Heli, Telf. 04246769438, y JHON RONAL ALVARADO ORTEGA, De Nacionalidad, Venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 30 años de edad, De Estado Civil, Soltero, Oficio, buhonero, Titular de la cedula de identidad Nº V- 20.779.968, residenciado sector los estanques barrio las Malvinas calle 110ª casa 501-79, Telef. 04.....