DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación Interpuesto por la ciudadana Abogada TERESA DE JESUS MARTINEZ, Defensora Pública Quincuagésima Sexta de la Unidad de Defensoría Públicas Penales del Estado Zulia, actuando en su carácter de defensora del acusado RAF ROBBERY MONCADA ROJAS; SEGUNDO: MODIFICA la Sentencia publicada por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 20 de noviembre del año 2003, mediante la cual Condena al referido acusado, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, en aplicación del Procedimiento por Admisión de Hechos, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en su contra, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS,.....