En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) SIN LUGAR: La demanda presentada por MANOLO COSTA RIANDE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 2.876.852, de este domicilio, en su carácter de Director Principal y Accionista de la S.M. INMOBILIARIA CECILIO ACOSTA S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Tercero, bajo el Nº 211, libro 3°, Tomo 1°, de la pagina 997-1008, representados por los abogados MONICA BOSCAN y HIRAN PARRA, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 124.848 y 128.067 respectivamente, de este domicilio, en contra del ciudadano S.M. FARMACIA FARMATEM HOGAR Nº 2 C.A., inscrita el 31 de enero del 2005, ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Nº 41, tomo .....