Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del penado DANY JOSE MATHEUS CASTRO, Venezolano, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, concubino, de 35 años de edad, de profesión u oficio Escolta del Alcalde del Municipio Valmore Rodríguez, hijo de los ciudadanos CARMEN CASTRO Y RAUL URDANETA, Titular de la Cedula de Identidad N° 11.949.041, fecha de nacimiento: 07-04-1973 y residenciado frente a la Escuela Cristóbal Rojas, Calle Robles, Casa No. 88, Bachaquero, Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; y en consecuencia, se ordena su comparecencia por .....