Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, en razón de haberse extinguido la acción penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos Salvador Luciano Rosado Uriana, Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad No. 22.364.739, de 46 años de edad, soltero, de profesión u oficio chofer; hijo de Regina Uriana y Salvador Rosado y residenciado en el Barrio La Resistencia Sector Cujicito, frente a la cancha de Cujicito, casa de color rosado y portón de hierro, Maracaibo. Estado Zulia y Luis Vargas Troncoso, Venezolano, natural de Santiago de Chile, de 60 años de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.311.639, soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Hernán del Carmen Vargas y Ángela de las Mercedes Troncoso; y residenciado en la calle 98 casa No. 10-63 al .....