En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus CARMEN CECILIA ANDRADE MELÉNDEZ, a los ciudadanos EDENEIDA MARÍA ÁLVAREZ ANDRADE, YOLEXIDA COROMOTO LÓPEZ ANDRADE, MARÍA CONCEPCIÓN CASTILLO ANDRADE, JOE ANTONIO LÓPEZ ANDRADE, YONEIDA ABIGAIL LÓPEZ ANDRADE, PEDRO ALFONSO ÁLVAREZ ANDRADE y YOLEIDA DEL CARMEN LÓPEZ DE CAYASPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-10.787.613, V-6.866.320, V-5.053.067, V-6.368.439, V-6.902.367, V-10.522.361 y V-7.773.698, en su carácter de hijos de la causante; y a ELISER ENRIQUE ANDRADE, venezolano, mayor de edad, en su carácter del hijo premuerto de la causante JORGE .....