Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con Funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VENDER BIEN INMUEBLE, constituido por una (01) parcela de terreno ubicada en el Barrio 18 de Octubre, Calle KL, signado con el No. casa No. 7-42, en Jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: Su frente, Calle KL, y mide 9,98Mts; SUR: Con propiedad que es o fue de Herminia Fernández, y mide 20,33Mts; ESTE: Propiedad que es o fue de Roberto Fernández, y mide 20,30Mts; y OESTE: Propiedad que es o fue de Amado Batista, y mide 12,60Mts; con una superficie aproximada de CIEN.....