Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, visto el pedimento formulado por el apoderado actor presente en este acto, provee de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargada preventivamente los haberes antes dichos, equivalentes a cualquier cantidad de dinero o crédito que adeude PDVSA GAS, a la sociedad mercantil JANTESA S.A., hasta cubrir la cantidad de CATORCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 14.000.000,oo), y advirtió a la notificada en este acto de la obligación en que esta de impartir las ordenes conducentes a fin de que sea retenida la cantidad de dinero embargada, la cual deberá ser remitida mediante cheque de gerencia, a nombre del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE.....