Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
CONCEDE la Autorización para Retirar Dinero por Muerte a la ciudadana Nibia Doraida Marín, titular de la cedula de identidad No. V.-13.461.118, y obrando en representación de los niños, niñas y adolescentes (nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA), de dieciséis (16), catorce (14) y tres (03) años de edad, respectivamente. Así se decide.
Ordena oficiar a la empresa MAPFRE C. A., para que se sirvan remitir en cheque de gerencia a la orden de este Tribunal, la cuota parte de las cantidades de dinero que le correspondan a los niños, niñas y adolescentes (nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA), como hijos herederos del c.....