Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PABLO LADINO; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 1.598.048, domiciliado en el municipio Lagunillas del estado Zulia; fallecido el día veintinueve (29) de diciembre de 2016, domiciliado en el municipio Lagunillas del estado Zulia, a los ciudadanos MARÍA FILOMENA VILLEGAS DE LADINO, MOISÉS ENRIQUE LADINO VIILEGAS, PABLO ANTONIO LADINO VIILEGAS, SARA MARÍA LADINO VILLEGAS, DANIEL JOSÉ LADINO VILLEGAS, EUNICE JOSEFINA LADINO VILLEGAS y CANDELARIA LADINO VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 1.938.754, 8.....