PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por los abogados MARÍA CAROLINA ACOSTA URDANETA y JOSÉ RAFAEL CARRERO VERGEL, en su carácter de Fiscal Provisoria y Fiscal Auxiliar Interino Décimo Segundo del Ministerio Público del estado Zulia, con competencia en Materia contra la Corrupción, respectivamente, contra la decisión N° 291-2021, de fecha 30 de abril de 2021, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada, por cuanto la misma perdió eficacia jurídica, en virtud de la fase en la cual se encuentra el presente asunto, solo para este caso en particular, tomando en cuenta que ya el proceso se encuentra avanzado en Fase Intermedia, con la Audiencia Preliminar realizada, en la cual el acusado hizo uso del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos y ya se encuentra sentenciado