En el día hábil de hoy,4 de Agosto de 2009, siendo las 9:38 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana LISETH LEAL en su carácter de parte actora asistida por su apoderada judicial abogada Edelys Romero y SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD C.A (SERVISALUD) en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado el apoderado judicial abogado Carlos Pineda Ocando, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto a la demandante la cantidad de dos mil ciento noventa y cuatro bolívares fuertes con sesenta y ocho céntimos (Bs.F. 2.194,68). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS P.....