Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA al penado MARLON ELIÉCER BOLAÑO, Venezolano, Titular de la cédula de Identidad No. V- 14.415.645, de 25 años de edad, hijo de Trinidad Eugenia Bolaño y Álvaro Cárdenas, residenciado en la Barrio Santa Fé II, Invasión a dos casas de la Tienda 2002, del Municipio San Francisco Estado Zulia, el destino de ESTABLECIMIENTO ABIERTO, en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. MANUEL MATOS ROMERO, donde permanecerá bajo la supervisión de un Delegado de Prueba, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con el Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo ofíciese al Ciudadano Director del Establecimiento Penitenciario del Municipio Maracaibo. Regístrese y Notifíquese la presente Decisión y a la ci.....