Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA SIN LUGAR, la solicitud presentada por la Defensora Pública Primera Abogada LEXY CAROLINA ARAUJO MARQUEZ, adscrita a este mismo circuito y extensión, de la reconsideración de la medida de presentación periódica impuesta por ante este tribunal al ciudadano JHON JAIRO CADENA, mediante Resolución N° 0166-05, de fecha 14 de Julio del 2005, de cada ocho (08) días, contra quien se le sigue causa penal instruida por ante éste tribunal bajo los N° C03-502-2005 y C03-742-2005, ambos por la comisión del delito de BENEFICIO DE CABEZAS DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio de la Agropecuaria San Rafael, ubicada en el kilómetro 9 de la ca.....