Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión del imputado JOHAN MIGUEL PACHECO, de nacionalidad venezolana, natural de la Maracaibo, Estado Zulia, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 22-02-1981, Concubino, de profesión u Oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad 17.668.592, hijo de HENRY AMAYA y YOLANDA PACHECO, residenciado en la Avenida principal Negro primero corredor vial, la calle 32, casa 3-127, en el frente a una venta de CDS, que se llama Variedad Neymar, San Francisco, Estado Zulia, por lo que CALIFICA LA FLAGRANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR.....