Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO PARCIAL, realizado por el abogado GILBERTO MONTILLA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se homologa el presente Desistimiento quedando extinguido el proceso y el litigio para el ciudadano ALBERTO ENRIQUE FLORES SILVA, venezolano, mayor de edad, Ingeniero eléctrico, titular de la cédula de identidad No. 15.465.063 y de este domicilio y por último se ordena notificar de la continuación del proceso a la Sociedad Mercantil SUMINISTROS Y DISEÑO INDUSTRIAL, COMPAÑÍA ANONIMA, quien deberá dar contestación a la demanda en el vigésimo día si.....