Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a la imputada EMELINA EDICTA GUTIERREZ SUAREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacida en fecha: 23/07/1981, de: 29 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio: Oficios del Hogar, titular de la cedula de identidad N° V-16.837.049, hija de: Marisela Suárez y Gustavo Gutiérrez, residenciada en el Barrio Cujicito, avenida principal, a una cuadra de la Panadería Doña Eva, cerca del Ambulatorio de la zona, Municipio Maracaibo Estado Zulia. Teléfono 0414-6300876 (hermana) y 0261-7445929, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el.....