RESUELVE: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: CARLOS JOSE GONZALEZ GONZALEZ, Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, 32 años de edad, Titular de la Cédula de identidad 13.209.034, fecha de nacimiento: 25-10-1977, estado civil soltero, hijo de los Ciudadanos Yolanda González y Hernán González, profesión u oficio obrero, residenciado avenida 5, sector la salida del sur frente al estacionamiento Altagracia casa sin numero, en los puertos de Altagracia estado Zulia, teléfono: 0426-4246806, manifestó saber Leer y escribir, por la presunta comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo conforme al artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales 3 y 4 , según el cual deberá el imputado no salir de la jurisdicción del esta.....