DISPOSITIVO: Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO, de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha cinco (05) de mayo del año 2009, dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos ZENON FARIA, LUIS GONZÁLEZ, JOSÉ LUIS OQUENDO y HELY CHOURIO en contra de la sociedad mercantil LATINOAMERICANO DE LA CONSTRUCCIÓN, S.A (LATICON). TERCERO: SE CONFIRMA, la decisión apelada. CUARTO: Se condena el pago de costas procesales del presente recurso, a la parte actora, de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.