Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER a cada NOVENTA (90) DÍAS, las presentación impuestas al penado LUIS RAMON GONZALEZ LOAIZA, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-10.451.989, hijo de Alí Saúl González y Luisa Elena Loaiza, residenciado en Santa Rosa de Agua, avenida 38, No. 42-124, calle El Milagro, Maracaibo, Estado Zulia, tanto por ante este Juzgado de Ejecución como por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a partir de la presente fecha. Así mismo, se declara sin lugar la solicitud de Autorización para Ausentarse de la Jurisdicción del Estado Zulia, hasta tanto no conste en actas, los requisitos que avalen los motivos por los cuales solicita dicha autorización. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a .....