este JUZGADO QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el Artículo 256 Ordinales 3° y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, relativas a la presentación periódica por ante este Tribunal cada treinta (30) días, y la prohibición de salir de la Jurisdicción del Tribunal sin autorización del mismo, en contra de la imputada ZOILA FERNANDEZ DE NAVA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 47 años de edad, fecha de nacimiento: 02-12-58, casada, Profesión u Oficio ama de casa, Cédula de Identidad Nº V-6.754.557, hija de LUIS ANTONIO FERNANDEZ (D) y MARIA GONZALES (D), residenciada en la Carretera El Moján Km 31, sector Tamare, avenida principal entrando por el Abasto La Espuma, la casa esta diagonal al Abasto Romero, la casa esta pintada de color verde, Jurisdicción de la Parroquia Tamare, Municipio.....