Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida por la Ley, declara:
1. CON LUGAR, la demanda de DECLARACIÓN DE CONCUBINATO, intentada por la ciudadana XIOMARA GONZÁLEZ CHACÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 11.806.023 y domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano LUIS JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V- 9.721.877 y de este domicilio.
2. SE DECLARA LA EXISTENCIA DEL CONCUBINATO, entre la ciudadana XIOMARA GONZÁLEZ CHACÍN y el ciudadano JOSÉ TRINIDAD GONZÁLEZ CHACÍN, desde el año 1967, hasta el momento de su fallecimiento acaecido en fecha 13 de abril de 2008.
3. Se condena en COSTAS a la parte demandada por haber resultado totalmente vencid.....