En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) CON LUGAR: La demanda presentada por el ciudadano ALEXY MORALES MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.520.964, inscrito en el inpreabogado Nº 21.787, de este domicilio, representado legalmente por el abogado ALEXY MORALES MARRRELL, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado Nº 132.870, en contra de la ciudadana MARLENIS DE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.637.978, de este domicilio, asistida por el abogado JOSÉ FERIA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado Nº 113.088, de este domicilio, por DESALOJO. En consecuencia se ordena a la parte demandada hacer entrega del inmueble constituido por una casa de habitación .....