Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
• CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano MÁXIMO YRINARCO GONZÁLEZ CALDERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.025.310, domiciliada en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia representado por el Abogado en ejercicio NUNZIO DE GREGORIO CASALE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 85.314 en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES, PROYECTOS, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS, COMPAÑÍA ANÓNIMA, también conocida por sus siglas (INPROCONSCA), debidamente inscrita y registrada ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Zulia, en fecha 06 de mayo de 2013, bajo el número 5, tomo 15-A, representada por su Presidente, ciudadano MIGUEL ÁNGEL PARRA TORRES, titular de la cédula de iden.....