Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: Con Lugar la solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento formulada por el ciudadano, Daniel de Jesús Guerra Duarte, quien es mayor de edad, venezolano, sin cédula de identidad, nacido el día veinticuatro (24) de junio del año 1.986, en la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, hijo de la ciudadana, Raquel María Duarte y Adonis Guerra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 10.907.698 y 7.798.511, respectivamente; todo de conformidad con lo establecido 772 del Código de Procedimiento Civil, dejando constancia este tribunal que la presente sentencia no tiene lugar a apelación. Igualmente, se ordena oficiar al Registro Principal del estado Zulia, así como también a la Intendencia del Municipio Autónomo Marac.....