-I-
DECISIÓN
En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, corrige de oficio la sentencia antes referida, dictada por este Órgano Jurisdiccional, toda vez que, donde se lee
"(...) PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE", debe leerse del modo siguiente: "(...) Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de origen, a los fines legales consiguientes. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado. (...)".
Publíquese, regístrese y remítase. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones del Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, en Maracaibo, a los _______________________________ ( ) días del mes de ______________________ de dos mil veinticinco. (2025).
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